Es un problema muy común encontrara a personas que no pueden cobrar el seguro de vida del cual son beneficiarios, las causas que derivan este problema pueden ser muchas,
El desconocimiento del nombre completo y correcto del beneficiario por parte del asegurado de la póliza.
Errores al escribir el nombre en la solicitud del seguro.
No corroborar el nombre del beneficiario con un documento oficial.
No corregir a tiempo estos errores de ortografía.
Las compañías aseguradoras y los agentes de seguros tienen a disposición de cualquier asegurado procesos internos para modificar y corregir las pólizas de seguro de vida es importante tener reuniones con tu agente para llevar acabo mantenimientos en la póliza que eviten la complicación de no poder cobrar la suma asegurada de una póliza al momento del siniestro.
Obligaciones del Asegurado.
El asegurado tiene la obligación de informar a la compañía aseguradora de toda la información que conozca, todo hecho importante y necesario para apreciar el riesgo y así poder formalizar la póliza, lo anterior fundamentado en los artículos 8, 9, y 10 de la Ley del Contrato de Seguro.
ARTÍCULO 8°.- El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.
ARTÍCULO 9°.- Si el contrato se celebra por un representante del asegurado, deberán declararse todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante y del representado.
ARTÍCULO 10°.- Cuando se proponga un seguro por cuenta de otro, el proponente deberá declarar todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del tercero asegurado o de su intermediario.
Por lo tanto la obligación de declarar correctamente la información de cada uno de los beneficiarios de la póliza corre a cargo del contratante o asegurado titular y no se puede pasar por alto esta responsabilidad solo por desconocerla.
El problema que se deriva al tener un error de ortografía en el nombre del beneficiario de la póliza de seguros de vida es que la compañía aseguradora al pagar, estaría pagando a una persona distinta.
¿La aseguradora puede dejar de pagar por el error de nombre del beneficiario?
No, La aseguradora no puede perder su obligación de pagar a los beneficiarios, pero pagará exclusivamente a la persona que tenga el nombre correcto plasmado en la sección de beneficiarios. Por lo anterior debemos tomar en cuenta que el beneficiario no puede cobrar la póliza no porque la compañía pierda obligación sino todo lo contrario porque las obligaciones son con una persona "con nombre distinto" al que se presenta a cobrar.
El articulo 47 de la ley del contrato de seguro advierte que la compañía aseguradora considerara rescindir el contrato si encuentra inexactas declaración de hechos y aunque podemos considerar "hechos" como los que factorizan la causa del siniestro, la ley del contrato no lo aclara y podemos presumir por "hechos" los que originan la contratación del seguro.
ARTÍCULO 47.- Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8o, 9o y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no haya influido en la realización del siniestro.
¿Existe un plazo en el que prescribe la obligación de la aseguradora?
Si, para la cobertura de fallecimiento el plazo que la ley del contrato de seguro da por prescripción es de 5 años, pero para el resto de las coberturas 2 años. Por lo tanto debes saber que la aseguradora podrá dejar de pagar cuando el beneficiario no pueda cobrar el seguro en un plazo mayor a 5 años, tratándose del seguro y cobertura por fallecimiento.
Es importante considerar todos los factores necesarios a la hora de contratar un seguro de vida pero también a la hora de asignar beneficiarios de nuestra póliza ya que la voluntad del asegurado puede verse obstruida por las condiciones generales de la póliza o por la ley del contrato de seguro.
Si tienes un caso similar no dudes en compartirnos tu experiencia.
Mi nombre es Armando Palafox y deseo que disfrutes tu vida sin riesgos.
Hola!.. me pudiera orientar mi padre falleció y nos dejó de beneficiarios de su seguro pero los nombres de mis hermanas no están correctos, una aparece como Ma. Edith y su nombre es Maria Edith y la otra es Mitzi Ximena y aparece como Ximena solamente cree que tengan problema para cobrar?
HOLA ARMANDO, TENGO UN CASO PERSONAL EN DONDE MI SUEGRO FALLECIO HACE POCO Y DEJO A MI SUEGRA DE BENEFICIARIA, PERO EL NOMBRE EN LA CLAUSULA DE BENEFICIARIOS NO CORRESPONDE CON SUS CREDENCIALES Y ACTA DE NACIMIENTO, EN SU ACTA Y DOCUMENTOS OFICIALES APARECE COMO MA. JESUS POR ERROR EN EL REGISTRO CIVIL, SU NOMBRE REAL ES MARIA DE JESUS Y ASI ES COMO FIGURA COMO BENEFICIARIA, QUE SE PUEDE HACER PARA PODER COBRARLO? MI CORREO ES aguzhurtado@gmail.com podrías comprtirme tus comentarios ahi de favor?. Muchas gracias !